MOTOCARROS * Colombia - Gobierno reglamenta transporte público rural mixto
En los municipios con población inferior a 50 mil habitantes, el servicio de transporte mixto veredal (de personas y de carga) podrá prestarse en motocarros, a través de empresas o cooperativas legalmente constituidas. Los propietarios del parque automotor deben ser dueños del ciento por ciento de la empresa
Bogotá,Colombia -Presidencia de la Nación (Gac. Prensa) -Octubre 30, 2008: -- Uno de los objetivos del Gobierno Nacional con la expedición de esta norma es impulsar la movilidad de personas y de carga en regiones de difícil acceso del país... Los motocarros autorizados para la prestación del servicio público de transporte mixto deberán ser en su totalidad pintados en color blanco, sin propaganda o publicidad alguna... (Motocarro para transporte de pasajeros)
Etiquetas: motocarros
0 Comments:
Publicar un comentario
<< Home